MESA DE LA RIA DENUNCIA EN BRUSELAS QUE REPSOL EXTRAE GAS EN DOÑANA SIN AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA VULNERANDO LA DIRECTIVA IPPC.
En 1995, Doñana dejo de ser un parque Natural para convertirse en UN PARQUE ENERGÉTICO, lo que implica que dejará de ser Patrimonio de la Humanidad, en breve.
Desde esa fecha REPSOL extrae gas en las costas del Parque Nacional, que deshidrata en sus instalaciones en tierra y lo inyecta en la red de gasoductos que atraviesan Doñana, sin tener previsto tratamiento para sus residuos que se vierten en una arqueta de la red de saneamiento de Huelva, mediante convoyes camiones-cisterna que los trasladan durante 30 Km. Desde Doñana a la Ría de Huelva, y lo que es mas grave, REPSOL realiza todas estas actividades, sin Autorización Ambiental Unificada desde abril de 2008.
RIPSA carece de la preceptiva Autorización Ambiental Unificada, o de documentación ambiental para llevar a cabo todas esas actividades, hecho que ha sido denunciado por la Mesa de la Ría ante la Comisión y el Parlamento Europeos, denuncia sobre la cual, nos ha sido notificada la admisión y apertura del correspondiente expediente administrativo.
La empresa gasista funciona sin la preceptiva Autorización Ambiental Unificada (Directiva Europea IPPC) a la que era obligatorio que se adaptaran todas las industrias existentes con anterioridad a su promulgación, con el límite de fecha impuesto por la Unión Europea el día 30 de abril de 2008, según la disposición final sexta de la ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
REPSOL deshidrata el gas que llega a través de los gaseoductos submarinos a sus instalaciones en tierra ubicadas a escasos 100 metros del parque natural de Doñana y desde allí lo inyecta en la las redes de gaseoductos que atraviesan los espacios protegidos de la red Natura-2000 de Doñana.
La petrolera al carecer de autorización ambiental, no tiene previsto el tratamiento de sus residuos, ni contempla la reinyección del agua geológica contaminada de formación en el yacimiento, porque según los Reales Decretos 1824/1995 y 1825/1995 de 3 de noviembre, pretende dedicar el yacimiento una vez se agote, al almacenaje subterráneo de gas, al igual que el proyecto de Gas Natural FENOSA, al norte del parque energético.
En la denuncia a Bruselas, la Mesa de la Ría recuerda las palabras del Comisario de Medio Ambiente, Janez Potocnik, quien dando un ultimátum a España, afirmó en 2007 en relación a los vertidos de fosfoyesos de la Empresa Fertiberia que no se habían sometido en el plazo establecido a la IPPC, que la naturaleza «no es un basurero«, instando a España «a poner orden rápidamente respecto al vertido de residuos sin planes de eliminación”.
Para cumplir la exigencia de la Comisión Europea, se legisló para eliminar la interpretación de prorroga indefinida de las Autorizaciones Ambientales de la Ley 16/2002, de prevención y control integrados de la contaminación, ampliando el plazo de 2007 limite que se estableció el 30 de abril de 2008 con la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, plazo que se vuelve a vulnerar, pues REPSOL, así como otras empresas del sector, no se han adaptado a la Directiva IPPC en Andalucía, incumpliéndola.