LA MESA DE LA RÍA QUIERE QUE SE CUMPLA LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA EN LA SOLUCIÓN DE LOS FOSFOYESOS.
Por ello ha presentando una moción para que en diciembre el Ayuntamiento inste al Ministerio de Medio Ambiente a considerar en el proyecto de recuperación ambiental de los fosfoyesos, las alternativas de restauración de las marismas del rio Tinto con arreglo a los preceptos Constitucionales, en concreto, a lo referido por el art. 132 de la Constitución Española que considera los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad de las marismas.
En unas fechas en las que la Constitución ha entrado en polémica, por parte de unos, que piensan que está desfasada y debe reformarse y, de otros, que la consideran aun sigue vigente y fija unas reglas de juego claras. Lo cierto es que el documento marco de la convivencia en España, que muchos no han leído, ha adquirido el rol de “papel mojado” por los continuos incumplimientos de sus artículos desde hace décadas.
En el aspecto ambiental, los ciudadanos onubenses somos conscientes de su total ineficacia, pues aunque el art. 132 de la Constitución Española considera que la marisma es un bien de dominio público marítimo-terrestre “inalienable, imprescriptible e inembargable”, quienes permitieron, por acción y omisión, que FERTIBERIA vertiera durante décadas sus residuos en la marisma, ahora quieren enterrar las balsas convirtiéndola en una “zona de marcado carácter cultural”, polideportivos, pulmones verdes…. y más inventos, encontrándole la solución más barata a quien contaminó durante décadas, FERTIBERIA (Grupo Villar Mir), alejándose de los preceptos de protección que considera la Constitución Española.
“Las zonas de Marismas y demás humedales costeros”, según la sentencia de 7 de octubre de 2003 de la Audiencia Nacional contra Fertiberia, “son espacios muy valiosos desde el punto de vista ambiental, a cuya protección en estado natural está obligado el estado Español en virtud del compromiso asumido con la firma del Convenio Ramsar, ratificado por España el 18 de marzo de 1982.”
La sentencia de 2007 de la Audiencia Nacional contra los vertidos de Fertiberia, estima que “Los bienes demaniales, por naturaleza, como las marismas, forman parte de la zona marítimo-terrestre, articulo 132.2 de la Constitución Española y 3.1.a) de la Ley de Costas, que forman parte del dominio público marítimo-terrestre. La descripción de los bienes demaniales contenida en los distintos preceptos significa que su pertenencia al dominio público no se produce como consecuencia de su inclusión en el acto administrativo de deslinde, sino por disposición de la Constitución o la Ley, de manera que el deslinde se limita a establecer la determinación del dominio publico marítimo-terrestre ateniéndose a las características de los bienes que lo integran conforme a lo dispuesto en los artículos 3, 4 y 5 de la Ley de Costas. “
Pese a estos claros preceptos y sentencias, Fertiberia no dudó en seguir vertiendo hasta diciembre de 2010 con autorizaciones ambientales que se han demostrado ilegales, resultando ahora las balsas de fosfoyesos, un grave problema jurídico, ambiental y sanitario.
Resulta paradójico que técnicos que callaban cuando Fertiberia vertía y transportaba los fosfoyesos desde la fábrica a la marisma, ahora no duden en opinar, acudiendo a conceptos ambientales, como los riesgos de un posible transporte no valorado como alternativa, y apuesten por la solución más económica para la empresa, enterrar los contaminantes arruinando definitivamente la marisma, convirtiéndola en una isla de residuos, olvidando la Ley y la Constitución.
El vertido de la empresa Bolidén sobre el lecho del río Guadiamar, fue retirado de la misma manera que el vertido de fosfoyesos debe ser retirado del lecho de las marismas de Huelva, pues supone según los expertos independientes contratados por la Junta, un riesgo inasumible de infiltraciones, avenidas, riadas, terremotos, tsunamis, o subidas del nivel de mar por efecto del cambio climático.
La Mesa de la Ría denuncia a su vez que mientras la empresa responsable Fertiberia (Grupo Villar Mir), recibe subvenciones públicas y permanece cómoda y en silencio, su propietario D. Juan Miguel Villar Mir sólo unos días después de que la Justicia Española le obligase a paralizar los vertidos, fue nombrado Marqués por la Casa Real, según Real Decreto 137/2011 y, sólo unos días antes de las elecciones generales, el Consejo de Ministros del Gobierno del Sr. Zapatero, en su reunión del día 16 de diciembre de 2011, le concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica, según Real Decreto 1806/2011, todo ello sin perjuicio de que el Sr. Villar Mir ha sido destapado en la lista editada por el New York Times como uno de los grandes defraudadores de la Hacienda Española.
El colectivo considera que como el proyecto de Mas Consulting para estudiar la retirada de los fosfoyesos, anunciado por el PP en las pasadas elecciones municipales, no puede llevarse a cabo por problemas presupuestarios del consistorio, Huelva ha de acudir a instancias superiores.